Last updated on September 14, 2020.
ASAP is currently challenging two new rules designed to prevent many asylum seekers from working legally in the United States. You can read more about our lawsuit, CASA v. Wolf, here.
On September 11, 2020, a federal judge ruled that the new work authorization rules likely violate the law and temporarily prohibited the government from applying certain parts of the rules to members of ASAP and CASA. However, all parts of the rules still apply to asylum seekers who are not members of ASAP or CASA. We will continue to post any updates or changes on this page.
If you are a member of ASAP or CASA, please read this post to understand your current eligibility for work authorization. If you are not a member of ASAP or CASA, please continue reading to understand your current eligibility.
For asylum seekers who are not members of ASAP or CASA, the rules are currently in effect. Key parts of the rules are explained below:
- 365-day waiting period: Starting on August 25, 2020, asylum seekers have to wait 365 days (one year) after submitting their asylum application to be eligible for a work permit, instead of 150 days.
- One-year filing bar: Asylum seekers who filed their asylum application on or after August 25, 2020 and more than one year after arriving in the United States will no longer be eligible for a work permit, unless and until an immigration judge finds that they qualify for an exception, or unless they are a child who is designated an “unaccompanied minor.”
- Bar for entering without inspection: Asylum seekers who cross the border on or after August 25, 2020 and do not present at a port of entry are not eligible for a work permit, unless they meet certain limited exceptions.
- Criminal bar: Asylum seekers who have committed or been convicted of certain crimes will not be eligible for work permits.
- Automatic termination of work permits: Starting on August 25, 2020, if the immigration judge denies an asylum seeker’s case and the asylum seeker does not appeal to the Board of Immigration Appeals (BIA) within 30 days, OR if the asylum seeker does appeal but the BIA denies the appeal, their work permit will terminate automatically and cannot be renewed.
- Repeal of the 30-day processing: Starting on August 21, 2020, the government will no longer have to make a decision on an initial work permit within 30 days. See this document for more information.
- Repeal of the “deemed complete” rule: The “deemed complete” provision previously meant that if an asylum application was pending with U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS) for more than 30 days without agency action, it would be deemed complete. Now, USCIS may reject an asylum application more than 30 days after it was filed.
- Applicant-caused delays: Starting on August 25, 2020, the government will no longer stop the asylum clock for specific reasons. Instead, the government will deny applications for work permits if they decide that there are “unresolved applicant-caused delays,” for example if the asylum seeker missed a biometrics appointment.
- Biometrics requirement and fee: Starting on August 25, 2020, the government will charge an $85 fee for biometrics for asylum seekers applying for a work permit.
- Discretionary denials: Starting on August 25, 2020, the government will have discretion to deny requests of employment authorization even when the asylum applicant meets the requirements.
Please talk to an attorney about your eligibility and specific case!
Note: This information is for individuals seeking asylum in the United States and is not a substitute for advice from an attorney.
Permisos de Trabajo para Solicitantes de Asilo que No Son Miembros de ASAP
Se actualizó por última vez el 14 de septiembre del 2020.
El Proyecto de Apoyo para Solicitantes de Asilo (o ASAP por sus siglas en inglés) está luchando en contra de dos nuevas reglas que lo hacen más difícil que los solicitantes de asilo trabajen legalmente en los Estados Unidos. Puede leer más sobre nuestra demanda, CASA v. Wolf, aquí.
El 11 de septiembre del 2020, la jueza en nuestro caso declaró que las nuevas reglas sobre los permisos de trabajo probablemente violan la ley y prohibió que el gobierno aplique muchas partes de las reglas a los miembros de ASAP o CASA por ahora. Sin embargo, el gobierno aún puede seguir aplicando todas las partes de las reglas a los solicitantes de asilo que no son miembros de ASAP o CASA. Continuaremos publicando la información más actualizada en esta página.
Si usted es miembro de ASAP o CASA, por favor lea esta publicación separada para entender su eligibilidad. Si usted no es miembro de ASAP o CASA, por favor siga leyendo para entender su elegibilidad.
Por ahora, las reglas todavía aplican a los solicitantes de asilo que no son miembros de ASAP o CASA. La primera regla permite que el gobierno tome más tiempo para procesar las solicitudes para los permisos de trabajo y entró en vigor el 21 de agosto del 2020. La segunda regla incluye muchos cambios que lo hacen más difícil para los solicitantes de asilo conseguir un permiso de trabajo y entró en vigor el 25 de agosto del 2020. Estos son unos de los cambios importantes de tener en mente:
- Período de espera de 365 días: a partir del 25 de agosto del 2020, los solicitantes de asilo tienen que esperar 365 días (un año) después de presentar su solicitud de asilo para ser elegibles para un permiso de trabajo, en vez de los 150 días bajo las reglas anteriores.
- Prohibición por entregar la solicitud de asilo después de un año: los solicitantes de asilo que presentan su solicitud de asilo el 25 de agosto del 2020 o después y que llevan más de un año en los Estados Unidos, ya no serán elegibles para un permiso de trabajo, a menos que un juez de inmigración determine que califican para una excepción, o si son designados como “menor no acompañado”.
- Prohibición por entrar sin inspección: los solicitantes de asilo que cruzan la frontera el 25 de agosto del 2020 o después y no se presentan en un puerto de entrada no son elegibles para un permiso de trabajo, a menos que cumplan con ciertas excepciones limitadas.
- Prohibición por condenas criminales: Los solicitantes de asilo que hayan cometido o hayan sido condenados por ciertos delitos no serán elegibles para permisos de trabajo.
- Cancelación automática de permisos de trabajo: a partir del 25 de agosto de 2020, si el juez de inmigración niega el caso de un solicitante de asilo y el solicitante de asilo no apela ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) dentro de los 30 días, O si el solicitante de asilo apela pero la BIA niega la apelación, su permiso de trabajo terminará automáticamente y no se puede renovar.
- Revocación del procesamiento de 30 días: a partir del 21 de agosto de 2020, el gobierno ya no tendrá que tomar una decisión sobre una solicitud por un permiso de trabajo inicial dentro de 30 días. Consulte este documento (en inglés) para obtener más información.
- Revocación de la regla de “considerar entregada” la solicitud de asilo: la regla de “considerar entregada” una solicitud de asilo anteriormente significaba que si una solicitud de asilo estaba pendiente con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) durante más de 30 días sin acción de la agencia, se consideraría entregada. Ahora, USCIS puede rechazar una solicitud de asilo más de 30 días después de que se presentó.
- Demoras causadas por el solicitante: a partir del 25 de agosto del 2020, el gobierno ya no va a parar el reloj de asilo por razones específicas. En lugar de eso, el gobierno va a negar solicitudes para permisos de trabajo en casos donde el gobierno decide que existen “retrasos causados por el solicitante que no han sido resueltos”, por ejemplo, si el solicitante de asilo perdió una cita para hacer las huellas.
- Requisito biométrico (como huellas) y tarifa: a partir del 25 de agosto del 2020, el gobierno cobrará una tarifa de $85 por datos biométricos para los solicitantes de asilo que soliciten un permiso de trabajo.
- Negaciones discrecionales: a partir del 25 de agosto del 2020, el gobierno tendrá discreción para negar permisos de trabajo, incluso en casos donde el solicitante de asilo cumple con los requisitos.
¡Debería hablar con un abogado sobre su caso específico!
Una nota: Esta información es para personas en procedimientos de asilo en los EE.UU. y no sustituye a los consejos de un abogado.
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